El
krausismo es uno de los fenómenos más curiosos de la
historia filosófica de los países de lengua española.
Mientras la memoria del filósofo idealista Carlos Cristián
Federico Krause (1781-1832) se apagaba en Alemania, mediado
ya el siglo XIX, y gracias sobre todo a Julián Sanz
del Río, el panteismo krausista arraigó en España,
transformándose pronto el krausismo hispánico en una
referencia ideológica inevitable, cuyos rescoldos no se han
apagado del todo en los inicios del nuevo milenio, e incluso algunos
creen posible reavivar.
Alrededor del año 1840, un grupo de juristas españoles,
entre los cuales se encuentra Julián Sanz del Río,
buscan apasionadamente una doctrina política que propicie
un proceso regenerador del país, dentro del pensamiento liberal,
por supuesto, aunque éste aparece entonces bajo la forma
del doctrinarismo y no satisfaga las aspiraciones del grupo.
En 1833, un exiliado alemán, Heinrich Ahrens, había
dado en la Sorbona un Curso de Derecho Natural, o Filosofía
del Derecho, que fue publicado en París en 1837. Ruperto
Navarro Zamorano, miembro del grupo de amigos de Sanz del Río,
lo traduce en 1841. El libro de Ahrens tiene una gran repercusión.
En definitiva, la Filosofía del Derecho se presenta como
una reacción frente al iusnaturalismo racionalista que, alzado
como bandera por la burguesía revolucionaria en 1789, ha
perdido su capacidad renovadora al llegar al poder y, una vez positivizado,
queda reducido a la mera legalización del «status»
que otorga el poder a esa burguesía.
El trasfondo moral del krausismo hace posible el fortalecimiento
de asociaciones nacidas por la necesidad de cumplir los fines de
la Humanidad; a cada finalidad: religiosa, científica, artística,
industrial, moral y jurídica, corresponde una asociación,
quedando al Estado un reducido papel en su propia órbita
política, sin entrometerse en el desenvolvimiento de las
demás. Aunque, eso sí, reservándose un
papel mínimo de vigilancia para evitar que las demás
asociaciones se interfieran entre sí y obstaculicen el desarrollo
de la finalidad para la que fueron creadas.
Este programa resulta atractivo para los gobernantes liberales,
que con diez años en el poder, constatan día a día
la ineficacia de los decretos-leyes en una sociedad estructurada
de manera tradicional, sin cauces de comunicación entre las
diferentes clases sociales y sin una idea clara de comunidad social.
El krausismo no tiene de alemán sino apenas el nombre. Sanz
del Río tomó las corrientes de filosofía
alemanas y las reelaboró y dió forma para que
fueran aplicables a España, y que lo consiguió parece
obvio dado lo dilatado de su influencia (hasta tres generaciones
de discípulos).
Para el krausismo, todos los aspectos del hombre deben ser cultivados
para su completa realización: el cuerpo y el espíritu
necesitan desarrollos paralelos, en lugar del desprecio que el primero
merecía en el catolicismo imperante. La ciencia se
desenvuelve en todos sus campos, posibilitando el bienestar material
y moral de todos los seres humanos.
De esta visión de la Historia, propia del optimismo racionalista
del XIX, podemos destacar varios factores, de alcance verdaderamente
revolucionario en la España decimonónica.
En primer lugar, el concepto del hombre, como un ser absolutamente
digno, bello, bueno en sí. Y esto, cada hombre de la Humanidad,
del pasado, presente o futuro. La absoluta igualdad de los hombres
ante Dios.
En segundo lugar, y unido a ello, la necesidad de estudiar la historia
de la humanidad desde esa perspectiva, que no deja de guardar relación
con el auge de los estudios sociológicos y antropológicos
que tanto predicamento alcanzan en la España de final de
siglo, propiciados por el pensamiento positivista.
En tercer lugar, la supremacía de la ciencia y de la
razón como criterio supremo en las relaciones entre los
hombres.
|