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Con el triunfo de los moderados se hace público el llamado
"Plan Pidal", (D. Pedro José Pidal, Ministro de Gobernación)
que se inclina decididamente por la enseñanza como derecho
estatal: "La enseñanza de la juventud no es una
mercancía que pueda dejarse entregada a la codicia de los especuladores,
ni debe equipararse a las demás industrias en que domine sólo
el interés privado". La asunción por parte
del Estado de la función docente se presenta como la única
solución al caos reinante. Este real decreto tiene fecha de
17 de septiembre de 1845.
Diez días después, una real orden cesa a todos los
Rectores en ejercicio, cuya función asumen los Jefes Políticos,
quienes, en calidad de Visitadores y Comisionados regios, quedan
encargados de la reorganización de los centros conforme al
nuevo Plan, que se pronuncia abiertamente por la centralización.
Se califica en él como establecimiento público de
enseñanza aquel que en todo o en parte se sostiene con créditos
votados por las Cortes en los Presupuestos Generales del Estado,
y está controlado por el Gobierno.
Los medios para conseguir la centralización y el control
gubernamental, además de la inclusión en los Presupuestos,
serían la unificación de los fondos, la integración
de los catedráticos en un Cuerpo único, la configuración
del Distrito universitario y la uniformidad de textos y programas.
Por otra parte, todas las oposiciones a cátedra, así
como la obtención del grado de Doctor, se celebrarían
en Madrid (Universidad Central), cabeza de las diez universidades
que permanecieron en pie a partir de esta reforma.
En cuanto a la enseñanza, el plan de 1845 condena la
libertad de textos, que deberían ser aprobados cada tres
años por el Consejo de Instrucción Pública.
Este control y la dependencia administrativa de las autoridades
académicas aseguraban el dominio estatal en la instrucción
pública. Como pieza clave de esta reforma se crea, por decreto
de 1846, la Dirección General de Instrucción Pública,
que se encomienda al inspirador de todo el proyecto, el liberal
Antonio Gil de Zárate (1). Lo
que viene a confirmar que el adjetivo "liberal" no siempre
ha supuesto mayor libertad en el comportamiento político.
Había triunfado, al fin, la idea propuesta en Sevilla hacía
más de setenta años por Olavide: la enseñanza
como servicio público. Sistematizando toda la legislación
publicada desde las Cortes de Cádiz y reuniéndola
en un solo texto legal, se emancipaba la Universidad de la vieja
tutela eclesiástica, pero no para quedar más libre
sino para someterse a otro amo no menos severo, el Estado, que sigue
siendo confesional, pero muy celoso de sus derechos. Desde este
año toda la normativa procede de Madrid.
Desde entonces comenzó, a pesar de todo, una etapa de esplendor
material y científico. En Sevilla, el Gobierno atendió
económicamente a las necesarias reformas del viejo edificio
jesuita, en el que no había entrado un albañil desde
hacía más de medio siglo. Se construyeron tres nuevas
clases en el segundo patio, con capacidad para más de cien
alumnos cada una. En el patio principal se entarimaron tres clases
antiguas y se habilitó un aula magna para dos centenares
de estudiantes, más una sala de descanso para los profesores.
En las aulas se instalaron asientos individuales para los alumnos,
con brazos amplios para tomar apuntes.
Pero el plan de 1845 nació herido de muerte: no logró
convencer ni a liberales ni a conservadores. A los liberales
y los radicales de izquierda el plan supone un control excesivo
del Estado y una limitación de la libertad de pensamiento;
para los clericales, estas medidas favorecían la secularización
de la enseñanza.
Tras un breve período de secularización, la firma
del Concordato con la Santa Sede en 1851 devuelve la enseñanza
al dominio eclesiástico. La Iglesia asume la función
de vigilante de la ortodoxia en todos los niveles de la educación,
como pone de manifiesto el artículo 31 del Concordato:
| "...Su Majestad y su real gobierno dispensarán
asimismo su poderoso patrocinio y apoyo a los obispos en los
casos que lo pidan, principalmente cuando hayan de oponerse
a la malignidad de los hombres que intenten pervertir los ánimos
de los fieles y corromper sus costumbres, o cuando hubiera de
impedirse la publicación, introducción o circulación
de libros malos o prohibidos." |
El Reglamento publicado el 10 de septiembre de 1852 supone la inutilización
del plan de estudios de 1845. Uno de sus inspiradores, José
de la Revilla, publica en 1854 un folleto titulado Breve reseña
del estado presente de la Instrucción pública en España
con especial atención a los estudios de filosofía,
cuya lectura proporciona un panorama estremecedor de la situación
intelectual de España a mediados del siglo:
| "Era tan extremado el abandono que reinaba
todavía en la mayor parte de nuestras universidades al
publicarse el plan de estudios de 1845, que en muy pocas se
conocían los aparatos y máquinas para el estudio
de la física experimental, mucho menos para el de las
ciencias naturales. Basta decir, que habiéndose pedido
a todas ellas los inventarios de los gabinetes existentes, resultó
que una de dichas escuelas contaba por único objeto un
barómetro, que por cierto no era de su propiedad; en
otra existe todavía guardada una máquina eléctrica
de madera, ejecutada por el Catedrático de la asignatura
para que sus discípulos formasen alguna idea del movimiento
y funciones de otra verdadera". |
Resulta interesante de leer el texto
íntegro del Plan de Estudios Pidal y su Reglamento,
siendo el autor verdadero Gil de Zárate, director general
del Ministerio. Para ir haciendo boca, aquí extraigo algunos
párrafos:
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"Antiguamente eran las Universidades independientes
entre sí, y hasta del Gobierno mismo; cada cual
tenía su régimen, sus estudios, sus métodos
y aun sus pretensiones distintas; no sólo disponían
arbitrariamente de sus fondos, sino que hasta era también
arbitraria en ellas la enseñanza. Ya desde fines del
siglo pasado trató el Gobierno de poner diques a semejante
anarquía, que, tras el desconcierto general de todas
las ciencias, mantenía a éstas en atraso lastimoso,
perpetuando rancias ideas, doctrinas desacreditadas y perjudiciales
preocupaciones. El plan de 1824, en medio de sus vicios y
del espíritu reaccionario que le dominaba, hizo, no
obstante, el gran servicio de establecer la uniformidad de
enseñanza en todas las Universidades y sujetarlas además
a un mismo régimen. El nuevo arreglo está destinado
a realizar esta especie de centralización."
"Diez Universidades quedan convenientemente distribuidas
en toda la península; pero aun estas diez no pueden
ser igualmente dotadas, ni aspirar a tener las mismas Facultades;
porque sobre no alcanzar los fondos, sabido es que no todas
las carreras atraen igual número de discípulos."
"La Filosofía, es decir, los estudios
de segunda enseñanza, se han conservado en todas las
Universidades; y aún se les da mayor extensión,
porque así lo reclaman el estado actual de las luces,
la importancia de las clases medias y las necesidades de la
industria. También se deja en todas la Jurisprudencia,
porque esta Facultad se ha considerado siempre como base de
las Universidades, siendo, por otra parte, la que trae mayor
número de discípulos; pues además de
conducir al ejercicio de la abogacía, abre las puertas
de la magistratura, sirve para gran número de empleos
y es útil para los que aspiran a la vida política
en naciones sujetas al régimen representativo.
No sucede así con la Teología: escasos
en extremo son los que acuden a estudiar esta facultad en
las Universidades. Las trece que había en España
sólo han reunido estos años pasados 350 teólogos,
no llegando todavía en el último curso a 400.
Algunas hay, y no pocas, en que su número no iguala
al de los catedráticos; y Barcelona, después
de haber estado con dos o tres, se ha quedado sin ninguno.
La causa de esto es que los aspirantes al sacerdocio prefieren
hacer su carrera en los seminarios conciliares, cuyo número
en España pasa de 50, estando asignada para su sostenimiento
la cantidad de dos millones y medio en el presupuesto general
del Estado. Conviniendo, sin embargo, que el estudio de la
Teología se conserve en las Universidades, se ha
dejado en cinco de ellas, pudiendo hacer en las demás
las veces de Facultad el respectivo seminario, siempre que
arregle la enseñanza a lo que en el nuevo plan se previene.
La Medicina atrae, como la Jurisprudencia, gran número
de estudiantes; pero la enseñanza de esta facultad
es la más costosa de todas, y se ha limitado
por lo tanto a cinco Universidades. "
"...Proporcionar al catedrático aumentos de sueldo
conforme adquiera años y servicios; nada desanima tanto
a los hombres como el no ver delante de sí perspectiva
alguna. El profesor que obtiene, desde luego, el sueldo
que ha de gozar toda su vida, carece de estímulo, y
la enseñanza se convierte para él en una especie
de mecanismo o rutina, que no procura mejorar, porque
sólo ve en esto trabajo sin recompensa. "
"Art. 67. Las Universidades de España quedarán
reducidas a diez en los puntos siguientes: Barcelona, Granada,
Madrid, Oviedo, Salamanca, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid
y Zaragoza.
Las de Canarias, Huesca y Toledo se convertirán en
institutos de segunda enseñanza. "
Plan de Estudios de 1845

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"Artículo 1º En todo lo relativo a la enseñanza,
gobierno interior, disciplina escolástica y demás
puntos que comprende el presente reglamento, las órdenes
de S.M. se comunicarán directamente a los rectores
por el Ministerio de la Gobernación de la Península.
En lo económico será la encargada de ejecutar
y hacer que se ejecuten las mismas órdenes la junta
de Centralización de fondos. Lo mismo sucederá
respecto de los institutos y demás establecimientos
públicos de enseñanza, con cuyos directores
comunicará también inmediatamente el Gobierno.
"
"El Distrito de Sevilla comprenderá las provincias
de Sevilla, Huelva, Córdoba, Cádiz, Badajoz
e islas Canarias. "
Reglamento del Plan Pidal
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Notas:
(1) Antonio Gil de Zárate, político
y dramaturgo, nació en 1793 y murió en 1861. Se educó
en Madrid y París. En 1811 volvió a España
y se dedicó con ardor al estudio de las ciencias exactas.
Pero desgracias particulares le obligaron a abandonar estas y dedicarse
a la literatura, haciendo ya desde 1815 a 1820 varias traducciones
que obtuvieron éxito en los teatros. Nombrado en 1843 oficial
de secretaría de Gobernación, ascendió a jefe
de sección en 1844, y sucesivamente a Director General
de Instrucción Pública, y a subsecretario del
ministerio de la Gobernación. La revolución de 1854
le cogió de consejero real, y cesó en este cargo cuando
fue suprimido el Consejo. El Sr. Gil y Zárate volvió
en 1856 a ocupar cargo oficial en el ramo de Instrucción
pública. En el terreno educativo, su obra principal fue "De
la Instrucción Pública en España", publicada
en 1855 aunque, como él mismo dice, "habiéndome
propuesto, por razones personales, terminarla en la época
en que dejé de ser director, a esa época se refiere
todo lo que digo, y ha de considerarse el libro como escrito a principios
de 1852". Pentalfa Ediciones ha publicado un facsímil
íntegro de esta obra en 1995 (Oviedo) (ver su web http://helicon.es/7848481.htm)
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