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Un problema al que tuvieron que dar urgente solución los
inquisidores fue el de encontrar edificios que les pudiesen servir
de cárceles. En un principio bastó con el castillo
de Triana, cuya tenencia ocuparon, en los primeros tiempos,
Diego de Merlo y, a la muerte de éste, su hijo Juan de Merlo.
Por poco tiempo: en el auto del 9 de mayo de 1484 "llevaron
en procesion noventa e quatro omes e mugeres para los poner en cárcel
perpetua en el castillo de Triana porque fueron condenados por erejes".
A este ritmo frenético se comprende que las mazmorras del
castillo quedaran pronto abarrotadas y que de nada sirvieran las
obras que se hicieron en 1502. El hacinamiento de los reclusos hizo
necesarias dos prisiones por lo menos a partir de 1496 (el receptor
Diego García de Medina distinguió entonces al parecer
entre la "carcel mayor" y la "carcel perpetua",
además del castillo), que se correspondían de hecho
con las dos fases del proceso penal: el juicio del detenido ante
el tribunal del Santo Oficio y el cumplimiento de la condena a prisión.
La pesquisa secreta -la verdadera inquisición- se llevó
a cabo en el castillo de Triana: allí eran metidos los reos,
donde el Tribunal los sometía a interrogatorio y en su caso
a tormentos; allí también aguardaban su ejecución
los relajados al brazo secular. En cambio, los condenados a cumplir
pena de prisión quedaron recluidos en la que se vino a denominar
"carcel perpetua", aunque de perpetua no tuviera a veces
nada.
En cuanto al castillo de Triana, por la proximidad al rio,
su fábrica estaba expuesta a los innumerables destrozos que
causaban las periódicas avenidas. En 1554 la crecida del
Guadalquivir, que se llevó el puente de barcas, dejó
maltrecha la cárcel, la audiencia y el secreto del castillo.
Al reparo de la cárcel se destinaron en 1558 60.000 mrs.
y los 80 ducados de la conmutación de hábito de María
Alvarez. En 1626, amenazando ruina el castillo a consecuencia de
una inundación, la Inquisición pasó a la casa
de los Tello, en la collación de San Marcos, de donde volvió
a Triana en 1639. Como las finanzas del Santo Oficio no andaban
muy boyantes, es natural que se tratara de desviar hacia la Hacienda
municipal la mayoría de los gastos que entrañaba la
conservación del castillo y su entorno: cuando se empedró
la calle, el inquisidor Rojo mandó a los obreros que la solaran
como cosa de la ciudad. Por otra parte, sus muros sirvieron a veces
de amparo a los bravucones que habían cometido un delito
y que eran amigos o familiares de la Inquisición. En 1540
el Consejo General prohibió taxativamente tales excesos,
que siguieron cometiéndose bajo el pretexto de la inmunidad
que gozaban los servidores de la Inquisición y del derecho
de asilo.
La burocracia inquisitorial no dispuso de mucho espacio en el
castillo: consta que los inquisidores Corro y Monte tuvieron
ásperas diferencias por una camarilla, prueba de que apenas
había holgura para rebullirse; y provocó envidias
el despacho unipersonal del notario Domingo de Azpeitia. La cárcel
era malsana, por húmeda o por calurosa, dependiendo del piso
donde tocara la celda. Un preso de excepción, el doctor Egidio,
solicitó su traslado a otro lugar, alegando que era perjudicial
a su salud el aposento que le habían asignado en el castillo.
Ante su petición, sucrita por el cabildo eclesiástico,
el Consejo General decidió llevarlo a un monasterio fuera
de Sevilla; finalmente se optó por la Cartuja de Jerez.
Como cárcel perpetua sirvió durante los primeros
años del s. XVI una casa particular sita en la colación
del Salvador, que fue alquilada al prócer sevillano Alonso
Fernández de Santillán. En "la carcel perpetua
de la Santa Ynquisicion... qu'es en la collacion de Sant Salvador"
compareció el 11 de julio de 1515 Diego Fernández,
alcalde la justicia que fue de Marchena. El 4 de enero de 1538 Pedro
Vázquez arrendó a Gonzalo Martinez una casa suya en
el Salvador "en linde una parte la cárçel
perpetua e de la otra parte otras vuestras casas". El pago
de la renta por parte de la tesorería del Santo Oficio se
efectuó como siempre a cuentagotas y con tal morosidad que,
ante las quejas de Santillán, el Consejo de la Inquisición
despachó una carta el 1 de octubre de 1524 al receptor, conminándole
a dar sin más dilación 30.000 mrs. de alquiler atrasado
al casero. Pero la orden cayó en saco roto.
En 1562 había subido la renta a 46.500 mrs. al año.
Por esta razón se barajó entonces la posibilidad de
trasladar la cárcel perpetua a unos almacenes de azúcar
situados en la colación de la Magdalena, con un alquiler
de 34 ducados (12.750 mrs.) al año; se pensaba que sus dueños
los venderían sin dificultad. Otra solución que se
ofreció fue utilizar la ermita de San Telmo; aunque la tenía
anexada el Papa y gozaba de sus frutos el obispo de Marruecos, siempre
se podía llegar a un acuerdo monetario con el prelado, D.
Sancho de Trujillo, a quien el exótico título de su
sede no le impedía servir a sus escasos feligreses desde
la más cómoda Sevilla.
Ninguno de estos proyectos tuvo efecto, pues según todas
las trazas la misma casa de la colación del Salvador
seguía haciendo de prision a finales del XVI: se encontraba
en la calle del Azofaifo, y pertenecía entonces a Dª
Elvira de Zúñiga y de Guzmán. Su alquiler era
de 52.500 mrs. anuales, que se pagaban en tres plazos cuatrimestrales.
En las circunstancias extremas a que llevó la furibunda represión
del luteranismo (1557-1562), la Inquisición sevillana se
vio obligada a alquilar varias casas; no otra cosa exigía
el fuerte incremento de presos: alrededor de ochocientos, según
un cálculo contemporáneo. El 2 de mayo de 1559 observó
el obispo de Tarazona: "Si obiese cárceles, se abrian
comenzado a prender, mas como no se pueden hazer en el castillo
sin que los inquisidores dexasen sus aposentos, está la cosa
ansí haste tener licencia de hesos señores para hazer
el auto". El Santo Oficio se vio obligado a alquilar en
1562 a Antonio de Hervas la casa aneja a la cárcel perpetua,
para tener a las mujeres "por sí, pagando una renta
de 18.000 mrs. al año. Por un momento pareció que
la solución sería hacer dos castillos y repartir los
presos. Pero muy pronto se volvió al sistema primitivo de
un castillo y una cárcel.
La cárcel perpetua disponía de servicio religioso:
en 1496 el capellán de la misma cobraba un sueldo de 8.000
mrs. al año, fijado por los inquisidores. Los reclusos, que
salían todos los domingos a oir misa a la iglesia del Salvador
vigilados por el alcaide, podían recibir visitas. El elevado
número de presos -y no debían de estar todos comprendidos
en ella- indica tanto la espaciosidad de la casa acondicionada a
tal efecto como la diligencia inquisitorial. Las personas de mayor
categoría conseguían aliviar la prisión o salir
de ella gracias al aval de familiares o amigos o al pago de una
conmutación.
En los primeros tiempos los reclusos no estuvieron incomunicados
del todo: lo impedía su propio número. Los judaizantes
detenidos en 1482 hablaron y discutieron entre sí en la torre
del castillo de Triana. Tampoco hubo incovenientes en que se otorgaran
escrituras en la cárcel.
Conforme amainaron los ímpetus de la primera represión,
se procuró tener a los reclusos incomunicados, a fin
de quebrantar su ánimo y forzar la confesión. Sin
embargo, el ingenio y la necesidad inventaron mil mañas y
ardides para darse noticias. Unas presas urdieron la siguiente treta.
Cuando salían a hacer sus necesidades, ponían un señal
y debajo de ella el papel con la misiva, que colocaron primero en
un rincón enfrente del servicio y después en la pared
del servicio. La primera señal de que se sirvieron fue un
ladrillo y un rallito encima, la segunda un casco de escudilla y
la última un montoncito de tierra. El papel que utilizaban
era una hoja impresa o el papelillo de las especias. La tinta se
hacía de zumo de limón, de naranja o de cualquier
agrio; al calentar la cédula, salía la letra. De pluma
servía una cañuela. Por otra parte, el soborno obraba
milagros: gracias a unos regalillos a la mujer y a los hijos del
notario Azpeitia, Dª Ana de Deza pudo hablar con el doctor
Egidio a través de la casa del propio funcionario, tal vez
por algún ventanuco.
Al Consejo General le preocupó mucho el problema de los
avisos y los envios de dinero y otras cosas que entraban clandestinamente
en las mazmorras. Como los mozos de los alcaides y carceleros se
comunicaban con los presos, el 26 de mayo de 1530 se les prohibió
hablar con los reclusos y tener las llaves de las celdas. Otras
veces, sin embargo, eran los propios oficiales los que aliviaban
los duros tragos de los detenidos. En el auto de 22 de diciembre
de 1560 fueron azotados el alcaide Herrera "porque descubría
los secretos del Santo Oficio", y su ama, María
González, "porque recebía dádivas y
cosas por ello". Ramón de la Huerta, criado del
alcaide, fue penitenciado asismismo fuera del auto de 1560 "porque
llevaba mensages de unos presos a otros: cien azotes y desterrado
de Sevilla". A Juan de Alegría se lo acusó
de haber metido a su mujer en la cárcel con Dª Ana de
Deza y otras personas; el 25 de febrero de 1562 el Consejo General
ordenó que se le impusiera un castigo ejemplar.
En cuanto a la manutención de los reos, los presos
ricos pagaban por ella una cantidad de dinero que fijaban a su antojo
los inquisidores. Se dió el caso tragicómico de un
reo considerado pudiente al que se le pidió un anticipo de
150 ducados (56.250 mrs) sin advertir que antes se le había
embargado toda su hacienda. A los pobres se les asignaba al día
medio real, con el que tenían que hacer frente a los gastos
de comida, limpieza de ropa, etc., si bien esa limosna llegaba algo
mermada al destinatario tras haber pasado por las manos del receptor
(recaudador o tesorero), del despensero, del cocinero y del alcaide
de la cárcel. Efectivamente, el sustento de los presos pobres
corrió a cargo del Santo Oficio, incluso en los momentos
en que parecía próxima su extinción.
Lo normal, sin embargo, fue que el encarcelado tuviese algunas
propiedades. Como éstas se hallaban bajo "secuestro",
y dado que la familia del reo y el reo tenían que vivir,
se pedía permiso a los inquisidores para desembargar algunos
bienes e ir tirando con su venta, que se solía realizar en
la calle de las Gradas a la voz de pregonero y ante escribano. Un
caso de estos fue el del herrero Fernando Martín que, en
1497, se encontraba "preso en el castillo de Triana por
el delito de heregía". Para sufragar su manutención,
los inquisidores ordenaron a los "secuestradores" (depositarios
del embargo), los herreros Nicolás García y Bartolomé
de Reina, que entregaran a la mujer de Martín, Isabel Fernández,
una parte de los bienes "secuestrados" para pagar la comida
del recluso con el producto de su venta. Se conserva todavía
la pobre lista de utensilios enajenados, que Isabel declaró
el 31 de mayo ante escribano.
La justicia consideró que pertenecían al fisco la
ropa de cama y las demás prendas y objetos personales que
hubiesen tenido en la cárcel las personas relajadas al brazo
secular. Otras veces arrambló con todo el alcaide del castillo
de Triana. La ropa de los relajados y reconciliados en el auto de
28 de octubre de 1562, "que quedó en las cárceles",
valió al fisco 12.912 mrs.
Según la común opinión de los teólogos,
todo aquel que disintiese de la doctrina del Papa incurría
ipso facto en pérdida de su hacienda: sus bienes debían
ser aplicados al fisco, "como si antes se los hubiera robado".
El Derecho Canónico, en efecto, dictaminaba que el hereje
carecía de legitimidad en su posesión, por lo que
todas sus propiedades pertenecían al rey, a quien debían
ser restituidas.
Los enfermos eran trasladados al Hospital del Cardenal. Había
un cuerpo de médicos que cuidaban de la salud de los presos:
uno de ellos fue el doctor de la Cueva, físico.
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Para saber más... |
"Los conversos y la Inquisición sevillana";
Juan Gil; Universidad de Sevilla-Fundación El Monte,
2000 |
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