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Las cárceles de la Inquisición sevillana

castillo san jorge
Castillo de San Jorge, de la Inquisición, a la entrada de Triana, junto al Guadalquivir y el puente de barcas

Un problema al que tuvieron que dar urgente solución los inquisidores fue el de encontrar edificios que les pudiesen servir de cárceles. En un principio bastó con el castillo de Triana, cuya tenencia ocuparon, en los primeros tiempos, Diego de Merlo y, a la muerte de éste, su hijo Juan de Merlo.

Por poco tiempo: en el auto del 9 de mayo de 1484 "llevaron en procesion noventa e quatro omes e mugeres para los poner en cárcel perpetua en el castillo de Triana porque fueron condenados por erejes". A este ritmo frenético se comprende que las mazmorras del castillo quedaran pronto abarrotadas y que de nada sirvieran las obras que se hicieron en 1502. El hacinamiento de los reclusos hizo necesarias dos prisiones por lo menos a partir de 1496 (el receptor Diego García de Medina distinguió entonces al parecer entre la "carcel mayor" y la "carcel perpetua", además del castillo), que se correspondían de hecho con las dos fases del proceso penal: el juicio del detenido ante el tribunal del Santo Oficio y el cumplimiento de la condena a prisión. La pesquisa secreta -la verdadera inquisición- se llevó a cabo en el castillo de Triana: allí eran metidos los reos, donde el Tribunal los sometía a interrogatorio y en su caso a tormentos; allí también aguardaban su ejecución los relajados al brazo secular. En cambio, los condenados a cumplir pena de prisión quedaron recluidos en la que se vino a denominar "carcel perpetua", aunque de perpetua no tuviera a veces nada.

En cuanto al castillo de Triana, por la proximidad al rio, su fábrica estaba expuesta a los innumerables destrozos que causaban las periódicas avenidas. En 1554 la crecida del Guadalquivir, que se llevó el puente de barcas, dejó maltrecha la cárcel, la audiencia y el secreto del castillo. Al reparo de la cárcel se destinaron en 1558 60.000 mrs. y los 80 ducados de la conmutación de hábito de María Alvarez. En 1626, amenazando ruina el castillo a consecuencia de una inundación, la Inquisición pasó a la casa de los Tello, en la collación de San Marcos, de donde volvió a Triana en 1639. Como las finanzas del Santo Oficio no andaban muy boyantes, es natural que se tratara de desviar hacia la Hacienda municipal la mayoría de los gastos que entrañaba la conservación del castillo y su entorno: cuando se empedró la calle, el inquisidor Rojo mandó a los obreros que la solaran como cosa de la ciudad. Por otra parte, sus muros sirvieron a veces de amparo a los bravucones que habían cometido un delito y que eran amigos o familiares de la Inquisición. En 1540 el Consejo General prohibió taxativamente tales excesos, que siguieron cometiéndose bajo el pretexto de la inmunidad que gozaban los servidores de la Inquisición y del derecho de asilo.

La burocracia inquisitorial no dispuso de mucho espacio en el castillo: consta que los inquisidores Corro y Monte tuvieron ásperas diferencias por una camarilla, prueba de que apenas había holgura para rebullirse; y provocó envidias el despacho unipersonal del notario Domingo de Azpeitia. La cárcel era malsana, por húmeda o por calurosa, dependiendo del piso donde tocara la celda. Un preso de excepción, el doctor Egidio, solicitó su traslado a otro lugar, alegando que era perjudicial a su salud el aposento que le habían asignado en el castillo. Ante su petición, sucrita por el cabildo eclesiástico, el Consejo General decidió llevarlo a un monasterio fuera de Sevilla; finalmente se optó por la Cartuja de Jerez.

Como cárcel perpetua sirvió durante los primeros años del s. XVI una casa particular sita en la colación del Salvador, que fue alquilada al prócer sevillano Alonso Fernández de Santillán. En "la carcel perpetua de la Santa Ynquisicion... qu'es en la collacion de Sant Salvador" compareció el 11 de julio de 1515 Diego Fernández, alcalde la justicia que fue de Marchena. El 4 de enero de 1538 Pedro Vázquez arrendó a Gonzalo Martinez una casa suya en el Salvador "en linde una parte la cárçel perpetua e de la otra parte otras vuestras casas". El pago de la renta por parte de la tesorería del Santo Oficio se efectuó como siempre a cuentagotas y con tal morosidad que, ante las quejas de Santillán, el Consejo de la Inquisición despachó una carta el 1 de octubre de 1524 al receptor, conminándole a dar sin más dilación 30.000 mrs. de alquiler atrasado al casero. Pero la orden cayó en saco roto.

En 1562 había subido la renta a 46.500 mrs. al año. Por esta razón se barajó entonces la posibilidad de trasladar la cárcel perpetua a unos almacenes de azúcar situados en la colación de la Magdalena, con un alquiler de 34 ducados (12.750 mrs.) al año; se pensaba que sus dueños los venderían sin dificultad. Otra solución que se ofreció fue utilizar la ermita de San Telmo; aunque la tenía anexada el Papa y gozaba de sus frutos el obispo de Marruecos, siempre se podía llegar a un acuerdo monetario con el prelado, D. Sancho de Trujillo, a quien el exótico título de su sede no le impedía servir a sus escasos feligreses desde la más cómoda Sevilla.

Ninguno de estos proyectos tuvo efecto, pues según todas las trazas la misma casa de la colación del Salvador seguía haciendo de prision a finales del XVI: se encontraba en la calle del Azofaifo, y pertenecía entonces a Dª Elvira de Zúñiga y de Guzmán. Su alquiler era de 52.500 mrs. anuales, que se pagaban en tres plazos cuatrimestrales. En las circunstancias extremas a que llevó la furibunda represión del luteranismo (1557-1562), la Inquisición sevillana se vio obligada a alquilar varias casas; no otra cosa exigía el fuerte incremento de presos: alrededor de ochocientos, según un cálculo contemporáneo. El 2 de mayo de 1559 observó el obispo de Tarazona: "Si obiese cárceles, se abrian comenzado a prender, mas como no se pueden hazer en el castillo sin que los inquisidores dexasen sus aposentos, está la cosa ansí haste tener licencia de hesos señores para hazer el auto". El Santo Oficio se vio obligado a alquilar en 1562 a Antonio de Hervas la casa aneja a la cárcel perpetua, para tener a las mujeres "por sí, pagando una renta de 18.000 mrs. al año. Por un momento pareció que la solución sería hacer dos castillos y repartir los presos. Pero muy pronto se volvió al sistema primitivo de un castillo y una cárcel.

La cárcel perpetua disponía de servicio religioso: en 1496 el capellán de la misma cobraba un sueldo de 8.000 mrs. al año, fijado por los inquisidores. Los reclusos, que salían todos los domingos a oir misa a la iglesia del Salvador vigilados por el alcaide, podían recibir visitas. El elevado número de presos -y no debían de estar todos comprendidos en ella- indica tanto la espaciosidad de la casa acondicionada a tal efecto como la diligencia inquisitorial. Las personas de mayor categoría conseguían aliviar la prisión o salir de ella gracias al aval de familiares o amigos o al pago de una conmutación.

En los primeros tiempos los reclusos no estuvieron incomunicados del todo: lo impedía su propio número. Los judaizantes detenidos en 1482 hablaron y discutieron entre sí en la torre del castillo de Triana. Tampoco hubo incovenientes en que se otorgaran escrituras en la cárcel.

Conforme amainaron los ímpetus de la primera represión, se procuró tener a los reclusos incomunicados, a fin de quebrantar su ánimo y forzar la confesión. Sin embargo, el ingenio y la necesidad inventaron mil mañas y ardides para darse noticias. Unas presas urdieron la siguiente treta. Cuando salían a hacer sus necesidades, ponían un señal y debajo de ella el papel con la misiva, que colocaron primero en un rincón enfrente del servicio y después en la pared del servicio. La primera señal de que se sirvieron fue un ladrillo y un rallito encima, la segunda un casco de escudilla y la última un montoncito de tierra. El papel que utilizaban era una hoja impresa o el papelillo de las especias. La tinta se hacía de zumo de limón, de naranja o de cualquier agrio; al calentar la cédula, salía la letra. De pluma servía una cañuela. Por otra parte, el soborno obraba milagros: gracias a unos regalillos a la mujer y a los hijos del notario Azpeitia, Dª Ana de Deza pudo hablar con el doctor Egidio a través de la casa del propio funcionario, tal vez por algún ventanuco.

Al Consejo General le preocupó mucho el problema de los avisos y los envios de dinero y otras cosas que entraban clandestinamente en las mazmorras. Como los mozos de los alcaides y carceleros se comunicaban con los presos, el 26 de mayo de 1530 se les prohibió hablar con los reclusos y tener las llaves de las celdas. Otras veces, sin embargo, eran los propios oficiales los que aliviaban los duros tragos de los detenidos. En el auto de 22 de diciembre de 1560 fueron azotados el alcaide Herrera "porque descubría los secretos del Santo Oficio", y su ama, María González, "porque recebía dádivas y cosas por ello". Ramón de la Huerta, criado del alcaide, fue penitenciado asismismo fuera del auto de 1560 "porque llevaba mensages de unos presos a otros: cien azotes y desterrado de Sevilla". A Juan de Alegría se lo acusó de haber metido a su mujer en la cárcel con Dª Ana de Deza y otras personas; el 25 de febrero de 1562 el Consejo General ordenó que se le impusiera un castigo ejemplar.

En cuanto a la manutención de los reos, los presos ricos pagaban por ella una cantidad de dinero que fijaban a su antojo los inquisidores. Se dió el caso tragicómico de un reo considerado pudiente al que se le pidió un anticipo de 150 ducados (56.250 mrs) sin advertir que antes se le había embargado toda su hacienda. A los pobres se les asignaba al día medio real, con el que tenían que hacer frente a los gastos de comida, limpieza de ropa, etc., si bien esa limosna llegaba algo mermada al destinatario tras haber pasado por las manos del receptor (recaudador o tesorero), del despensero, del cocinero y del alcaide de la cárcel. Efectivamente, el sustento de los presos pobres corrió a cargo del Santo Oficio, incluso en los momentos en que parecía próxima su extinción.

Lo normal, sin embargo, fue que el encarcelado tuviese algunas propiedades. Como éstas se hallaban bajo "secuestro", y dado que la familia del reo y el reo tenían que vivir, se pedía permiso a los inquisidores para desembargar algunos bienes e ir tirando con su venta, que se solía realizar en la calle de las Gradas a la voz de pregonero y ante escribano. Un caso de estos fue el del herrero Fernando Martín que, en 1497, se encontraba "preso en el castillo de Triana por el delito de heregía". Para sufragar su manutención, los inquisidores ordenaron a los "secuestradores" (depositarios del embargo), los herreros Nicolás García y Bartolomé de Reina, que entregaran a la mujer de Martín, Isabel Fernández, una parte de los bienes "secuestrados" para pagar la comida del recluso con el producto de su venta. Se conserva todavía la pobre lista de utensilios enajenados, que Isabel declaró el 31 de mayo ante escribano.

La justicia consideró que pertenecían al fisco la ropa de cama y las demás prendas y objetos personales que hubiesen tenido en la cárcel las personas relajadas al brazo secular. Otras veces arrambló con todo el alcaide del castillo de Triana. La ropa de los relajados y reconciliados en el auto de 28 de octubre de 1562, "que quedó en las cárceles", valió al fisco 12.912 mrs.

Según la común opinión de los teólogos, todo aquel que disintiese de la doctrina del Papa incurría ipso facto en pérdida de su hacienda: sus bienes debían ser aplicados al fisco, "como si antes se los hubiera robado". El Derecho Canónico, en efecto, dictaminaba que el hereje carecía de legitimidad en su posesión, por lo que todas sus propiedades pertenecían al rey, a quien debían ser restituidas.

Los enfermos eran trasladados al Hospital del Cardenal. Había un cuerpo de médicos que cuidaban de la salud de los presos: uno de ellos fue el doctor de la Cueva, físico.

Para saber más...
"Los conversos y la Inquisición sevillana"; Juan Gil; Universidad de Sevilla-Fundación El Monte, 2000
La Inquisición en Sevilla
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